Se han presentado a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) propuestas de clasificación y etiquetado armonizados de determinadas sustancias, así como propuestas de actualización o supresión de la clasificación y el etiquetado armonizados de otras sustancias, de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) n.o 1272/2008. Tras considerar los dictámenes ( 2 ) sobre esas propuestas emitidos por el Comité de Evaluación del Riesgo de la Agencia (CER), así como las observaciones recibidas de las partes interesadas, se considera adecuado introducir, actualizar o suprimir la clasificación y el etiquetado armonizados de determinadas sustancias.

En la tabla 3 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento, se encuentran productos que suponen un peligro para la salud de las personas, para el medio ambiente y algunos que representan un peligro físico (productos inflamables…).

Este Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de marzo de 2022.

No obstante lo anterior, las sustancias y mezclas podrán, antes del 1 de marzo de 2022, clasificarse, etiquetarse y envasarse de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1272/2008, en su versión modificada por el presente Reglamento.

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